viernes, octubre 4, 2024

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Fatiga de materiales

Fatiga de materiales: Fenómeno de desgaste que llega a provocar fracturas. A partir del inicio de la grieta, continúa con su propagación hasta la rotura final.

La Fiscalía General del Estado, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Supremo, el Tribunal de Cuentas y el Tribunal Constitucional, vienen experimentando síntomas y efectos de una fatiga que amenaza con hacerse crónica. La inusitada crítica de dos ministras a la reciente sentencia del Tribunal Constitucional -que no es formalmente poder judicial- ha llevado a las asociaciones de jueces (con excepción del a progresista), a evidenciar que cada vez que un tribunal dicta una resolución que no va en la línea que espera el Gobierno, se activa un cuestionamiento generalizado que pone en jaque la legitimidad del Poder Judicial.

La despolitización del sistema y la independencia para actuar sin interferencias ni intromisiones desde otros poderes, siguen siendo un talón de Aquiles y asignatura pendiente desde la Transición.

La «apariencia de imparcialidad debida» del Ministerio Público, cuestionada al coincidir el mandato del fiscal general con el del Gobierno, afecta a la sagrada «percepción de independencia». Y cabría ilustrarlo con dos sucesos muy significativos. En su respuesta a un periodista: «¿Qué de quien depende la Fiscalía? Pues ya está…», el jefe del Ejecutivo precisó las reglas de juego. Quizás se trata de una réplica a «la Fiscalía te lo afina», con la que un ministro popular trató de confortar al jefe de la Oficina Antifraude catalana.

La negativa del PP

La interesada negativa del PP a cumplir la exigencia constitucional de renovar el CGPJ, órgano de poder de los jueces, menoscaba el poder judicial. Otra cuestión es si la renovación debe hacerse en los esquemas actuales. En ese caso estaríamos hablando de cambiar el sistema. La respuesta del Gobierno al bloqueo consistió en modificar las mayorías históricas (de cualificada a absoluta), provocando que la UE hiciera la primera admonición, al instar a unos y otros a ponerse de acuerdo. La rectificación del Ejecutivo fue fulminante y el bloqueo se convirtió en permanente.

Esta secuencia es paradigmática de la importancia que la biosfera europea confiere a la innegociable separación de poderes, asentada en un sistema de pesos y contrapesos, en el que cada institución protege sus atribuciones y mantiene a raya al resto de poderes del Estado.

En tiempos en que el bipartidismo imperfecto estaba vigente, un desafortunado whatsapp de un senador popular (enviado a 143 conmilitones), a propósito del acuerdo alcanzado: «Ha sido una jugada estupenda» y tranquilizando al partido que seguiría controlando «por detrás» la Sala Segunda del TS, dio una imagen de conchabeo que dio al traste con la renovación, al renunciar el elegido, magistrado conservador respetado en el mundo de la justicia, a la presidencia del TS y del CGPJ. Lo que era un pequeño paso adelante en la restitución del crédito, se malogró por la torpeza de un oficioso, que dejó en evidencia a su partido, sin conseguir quebrar la dignidad del escogido.

Desde entonces, el CGPJ sigue varado en un limbo incandescente con divertículos políticos. El bloqueo popular no respeta las proporciones parlamentarias y adolece de una motivación razonable más allá del argumento de que no le gusta uno de los partidos que forman el Gobierno de coalición.

La Comisión Europea acaba de sacar la segunda tarjeta, urgiendo la renovación del Consejo, y sugiriendo una elección basada en los «estándares europeos», para que al menos la mitad de sus miembros sean elegidos por los propios jueces.

Sin consenso político y a pesar de la oposición unánime de los siete magistrados del Tribunal Supremo y del criterio de la Fiscalía, el Consejo de Ministros fue adelante con la aprobación de los indultos a los condenados en el juicio del procés. En ningún caso, es venganza aplicar la ley.

De paso, reconvino al Supremo, por haber olvidado la «perspectiva política y social» de los indultos. Esto no deja de ser un regate interesado, al esquivar la única perspectiva política en un Estado de Derecho es que nadie (incluidos los políticos) está por encima del imperio de la ley, voluntad popular manifestada por el Parlamento.

En su informe, preceptivo, pero no vinculante, la Sala Segunda del (TS) no encontró razones de «justicia, equidad o utilidad pública» para avalar los indultos. Al tiempo que alegaba: «No consta la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento» y son una «solución inaceptable para la anticipada extinción de la responsabilidad penal».

Apoyos parlamentarios

La Fiscalía de Sala del TS, opuesta a las medidas de gracia, por la enorme gravedad de los delitos, las elevadas penas, la falta de arrepentimiento de los condenados y no haber cumplido ni la mitad de la condena, advertía en su informe quelas medidas de gracia no pueden ser moneda política de cambio para la «obtención de apoyos parlamentarios».

La nomenclatura judicial zanjó la cuestión en román paladino: «Los indultos no están para hacer política» y la fortaleza de nuestro Estado de derecho no debe depender de la debilidad parlamentaria del Gobierno de turno.

La controvertida sentencia del Tribunal Constitucional (TC), con un tanteo muy ajustado (6 vs 5), cuatro magistrado con mandato caducado y un retraso de dieciséis meses, no ayudan a mejorar la sensación de fatiga.

El control de constitucionalidad de las leyes es parte esencial del sistema democrático y el fallo debe ser plenamente respetado y acatado. Cuando la inflamación ambiental se traduce en indignación porque un Tribunal enmienda la plana del poder Ejecutivo, la respuesta no es otra que en un sistema de división de poderes no tiene cabida que el Ejecutivo corrija al Judicial.

El TC se ha limitado a decir que la medida de confinar a los ciudadanos no es que sea (o no) constitucional, sino que la norma sobre la que soporta el confinamiento no faculta al Gobierno para dicta esta medida. Sin discutir ni rechazar que se confinase o no a los ciudadanos, políticamente dice algo mucho más grave, como es que la decisión fue tomada en base a una herramienta legal, el Estado de Alarma, que no permite suspender un derecho como el de libre circulación. Y no es, precisamente, una elucubración doctrinal.

Sostenía el que fue presidente del TC (1986-1992), Tomás y Valiente: «El Tribunal no debe obsesionarse nunca por el eco de sus resoluciones. Ni ha de buscar el aplauso ni ha de huir de la censura, porque en una sociedad democrática dotada de las libertades que el propio Tribunal ampara, siempre habrá, en cada caso, ante cada sentencia no rutinaria, aplausos y censuras…»

¿A quién conviene la fatiga de materiales con el consiguiente daño a las instituciones del Estado?

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